Ud. está aquí:Inicio Control y Mejoramiento en Vigilancia Sanitaria
Control y Mejoramiento en Vigilancia Sanitaria
DIRECCIÓN DE CONTROL Y MEJORAMIENTO EN VIGILANCIA SANITARIA
Instructivo para Registro de importadores de sal de mesa
Base legal:
- La Constitución de la República del Ecuador del 2008
Art 52 establece las condiciones de inocuidad calidad que debe garantizar el Estado ha sus habitantes.
- Ley Orgánica de Salud:
Art. 19,- La autoridad sanitaria nacional velará por la protección de la salud en el control de las enfermedades por deficiencia de yodo, mediante el control y monitoreo de la yodización de la sal para consumo humano.
Art. 142.- La autoridad sanitaria nacional a través de sus organismos competentes, realizará periódicamente controles posregistro de todos los productos sujetos a registro sanitario mediante toma de muestras para análisis de control de calidad e inocuidad, sea en los lugares de fabricación, almacenamiento, transporte, distribución o expendio. Realizará además inspecciones a los establecimientos. Si detectare que alguna entidad comercial o industrial usare un número de registro sanitario no autorizado para ese producto, la autoridad sanitaria nacional suspenderá la comercialización del o los productos, sin perjuicio de las sanciones de ley.
- Reforma el Reglamento Unificado de la Ley de Yodización Obligatoria de la Sal para Consumo Humano y del Programa Nacional de Fluoruración.
Art. 4.- Sustitúyase el Art. 25, por el siguiente:
"Art. 25.- El Ministerio de Salud Pública realizará el control de la sal de consumo humano, mediante el sistema de control posregistro a través de las dependencias técnicas competentes,…".
- Resolución 540 del COMEXI.
Art. 2.- Establecer el Registro Anual de Importadores de Sal de Mesa, clasificada en la subpartida 2501.00.10.00 del Arancel Nacional de Importaciones, como requisito de carácter obligatorio previo a la importación.
Requisitos para el registro de Importadores:
Toda persona natural o jurídica que tenga el interés de importar sal de mesa para el consumo humano, debe registrase en el Ministerio de Salud Pública portando los siguientes requisitos:
1. Formulario de solicitud debidamente lleno y suscrito por la persona natural o representante legal de la persona jurídica responsable de la importación (Disponible en www.msp.gov.ec) o al reverso.
2. Copia simple del Registro Único del Contribuyente (RUC) actualizado.
3. Certificado de que el importador se encuentre en Lista Blanca con el Servicio de Rentas Internas (SRI).
4. Copia certificada del registro sanitario del producto a importarse emitido por el Ministerio de Salud Pública a través del Instituto Nacional de Higiene y medicina Tropical Leopoldo Izquieta Pérez (INHMT-LIP) de Quito, Guayaquil o Cuenca.
5. Copia simple del permiso de funcionamiento de los almacenes o bodegas del importador conferido por el Ministerio de Salud Pública (MSP).
6. Si el importador no es titular del registro sanitario del producto, debe adjuntar la autorización de uso del documento, debidamente notariada en la que constará el tiempo de validez de dicha autorización.
Procedimiento para registrase como importador de sal:
Busque en la Web del Ministerio de Salud Pública, la solicitud de inscripción www.msp.gov.ec.
1- Baje la solicitud de registro de importador de sal de mesa.
2- Llene completamente la información solicitada y suscriba.
3- Adjunte sólo los requisitos solicitados.
4- Acérquese al Ministerio de Salud Pública ubicado en la Av. República del Salvador y Suecia a la altura del Estadio Olímpico, e ingrese en la ventanilla situada en la planta baja de las Oficinas de Proceso de Control y Mejoramiento en vigilancia Sanitaria.
5- El Ministerio de Salud Pública en el término máximo de tres días hábiles, entregará el certificado de registro que le autoriza durante un año a partir de la fecha de su emisión a importar sal de mesa con registro sanitario vigente.
6- Toda la documentación presentada para el registro del importador esta sujeta a verificación posterior.
Certificar que se encuentra vigente el Registro Sanitario en alimentos.
Requisitos:
• Solicitud suscrita por el representante legal o responsable técnico de la empresa dirigida a la Dirección de Control y Mejoramiento en Vigilancia Sanitaria.
• Copia legible del Registro Sanitario
• De ser posible el Registro Sanitario original.
• Comprobante de $ 10,00 dólares, depósito en la Cuenta No. 060014382-7, Banco Internacional, a nombre del Ministerio de Salud Pública
Procedimiento:
• Recepción de la solicitud.
• Verificación de la autenticidad del mismo, mediante los archivos electrónicos y documentales.
• Solicitud a Secretaria General del MSP para la legalización del documento.
• Entrega de la copia certificada al interesado.
Donde:
Av. República del Salvador Nº 950 y Suecia
Costo:
Diez dólares ($ 10) por cada certificación
Tiempo Estimado de Entrega:
Depende del número de productos solicitados, tiempo máximo 72 horas.
Descripción:
El Certificado de Libre Venta se otorga a todos los productos alimentarios que tienen Registro Sanitario.
Requisitos:
• Solicitud suscrita por el representante legal o responsable técnico de la empresa.
• Copia legible del Registro Sanitario respectivo.
• Comprobante del depósito en la cuenta No. 060014382-7, Banco Internacional, a nombre del Ministerio de Salud Pública.
Procedimiento:
• Recepción de la solicitud del CLV de Registro Sanitario.
• Verificación de la vigencia del Registro Sanitario del producto para el cual solicita el CLV, mediante los archivos electrónicos y documentales.
• Elaboración del certificado en el anverso de la copia del Registro Sanitario.
• Legalización del certificado, Firma del Director (a) de Control y Mejoramiento en Vigilancia Sanitaria
• Entrega a interesado.
Donde:
Av. República del Salvador Nº 950 y Suecia
Costo:
Cuarenta dólares ($40) por cada certificación.
Tiempo Estimado de Entrega:
Dependerá de la cantidad de productos, máximo 48 horas.
A PRODUCTORES E IMPORTADORES DE PRODUCTOS NATURALES PROCESADOS DE USO MEDICINAL
Se comunica a todos los representantes legales y/o responsables técnicos de: laboratorios de producción, distribuidoras e importadores de productos naturales procesados de uso medicinal, que obtuvieron la CERTIFICACIÓN DEL CRONOGRAMA DE INGRESO DE PRODUCTOS NATURALES PROCESADOS DE USO MEDICINAL, otorgado por el Instituto Nacional de Higiene y Medicina Tropical "LIP", en cuyo documento se establecen plazos para la obtención del registro sanitario; que el Ministerio de Salud Pública a partir del 11 de enero de 2010 a través de la Autoridad de Salud correspondiente procederá a aplicar las sanciones establecidas en la Ley Orgánica de Salud a quienes no hayan obtenido los respectivos registros sanitarios para la producción, importación, comercialización de los productos mencionados en el plazo concedido, de conformidad con el correspondiente cronograma.
Descargue el Comunicado
ANUNCIO DE INTERES
SEÑORES USUARIOS SE LES COMUNICA QUE POR RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE FIJACIÓN Y REVISIÓN DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS DE USO HUMANO,NO SE RECEPTARÁ NINGUNA SOLICITUD DE FIJACIÓN O REVISIÓN PRECIOS DE MEDICINAS DESDE EL 27 DE NOVIEMBRE DEL 2008 HASTA EL 19 DE ENERO DEL 2009.
GRACIAS
09-10-2008
DONACIONES
Reglamento para el registro sanitario, gestión y control de las donaciones de medicamentos y otros.
1. REGISTRO DE TÍTULOS DE PROFESIONALES DE LA SALUD, INCLUYENDO LOS TÍTULOS DE NIVEL TÉCNICO SUPERIOR Y TECNOLÓGICOS.
DISPOSICIÓN LEGAL: Ley Orgánica de Salud Libro Cuarto, Capítulo III Art. 193, 194, 195
REQUISITOS:
1.1 MEDICOS NACIONALES
• Título original.
• Certificado de la Medicatura Rural con Visto Bueno de Áreas de Salud (Av. República del Salvador Nº 950 y Suecia).
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión).
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada.
• Pago de $ 20,00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio De Salud Pública (copia extra del depósito).
• Cédula de Identidad actualizada.
• Papeleta de votación actualizada.
1.2 MÉDICOS EXTRANJEROS
• Título revalidado o reconocido en universidad ecuatoriana.
• Certificado de Medicatura rural con Visto Bueno de Áreas de Salud (Av. República del Salvador Nº 950 y Suecia).
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión)
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada
• Pago de $ 20,00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito)
• Cédula de Identidad actualizada o pasaporte.
1.3 MÉDICOS ESPECIALISTAS
1.3.1 MÉDICOS ESPECIALISTAS DE DERECHO CON TÍTULO OBTENIDO EN EL EXTERIOR
• Título revalidado o reconocido por una universidad ecuatoriana.
• Copia del título de Médico General inscrito en el MSP.
• Certificado de CONESUP (9 de Octubre y Carrión)
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada
• Cédula de Identidad actualizada
• Papeleta de votación actualizada
• Pago de $ 40,00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio De Salud Pública (copia extra del depósito).
1.3.2 MÉDICOS ESPECIALISTAS DE HECHO DEL PAÍS
• Diploma del Colegio Médico.
• Copia del Título de Médico General registrado en el Ministerio de Salud Pública.
• Certificado de la institución en donde realizó la especialidad indicando la fecha de inicio y la fecha de finalización de la misma
• Certificado del Colegio Médico avalizando las fechas de inicio y finalización de la especialidad
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada
• Cédula de Identidad actualizada
• Papeleta de votación actualizada
• Pago de $ 40,00 en el Banco Internacional Cta. Cte.060014382-7 a nombre del Ministerio De Salud Pública (copia extra del depósito).
Nota: Los Certificados o Diplomas otorgados por los Colegios Médicos para los Especialistas de Hecho, se registrarán siempre y cuando hayan iniciado su especialidad antes del 31 de octubre del 2000, fecha en la cual se aprobó el Reglamento para aplicación de la Ley de Educación Superior, actualmente vigente.
1.3.3 MÉDICOS ESPECIALISTAS DE DERECHO CON TÍTULO OBTENIDO EN EL PAIS
• Título obtenido de una universidad ecuatoriana.
• Copia del título de Médico General registrado en el MSP.
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión).
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada.
• Cédula de Identidad actualizada.
• Papeleta de votación actualizada.
• Pago de $ 40,00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito).
1.4 MÉDICOS FORMOLIZADORES
• Copia del título de Médico General registrado en el MSP.
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión).
• Pago de $ 20.00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio De Salud Pública (copia extra del depósito).
• Fotografía tamaño pasaporte.
• Cédula de Identidad actualizada.
• Papeleta de votación actualizada.
1.5 ODONTOLOGOS NACIONALES
• Título origina.l
• Certificado de la Medicatura Rural con Visto Bueno de Áreas de Salud (Av. República del Salvador Nº 950 y Suecia).
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión).
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada.
• Pago de $ 20,00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito).
• Cédula de Identidad actualizada.
• Papeleta de votación actualizada.
1.6 ODONTÓLOGOS EXTRANJEROS
• Título revalidado o reconocido en universidad ecuatoriana.
• Certificado de medicatura rural con visto bueno de áreas de salud (Av. República del Salvador Nº 950 y Suecia).
• Certificado del CONESUP (9 de octubre y Carrión).
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada.
• Pago de $ 20,00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del ministerio de salud pública (copia extra del depósito).
• Cédula de Identidad o pasaporte.
1.7 ODONTÓLOGOS ESPECIALISTAS
• Título original.
• Copia del título de Doctor en odontología registrado en el MSP.
• Certificado del CONESUP (9 De Octubre Y Carrión).
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada.
• Cedula de identidad actualizada.
• Papeleta de votación actualizada.
• Pago de $ 40,00 en Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito).
1.8 QUÍMICOS FARMACEUTICOS Y BIOQUÍMICOS FARMACÉUTICOS
• Título original.
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión).
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada.
• Cédula de identidad actualizada.
• Papeleta de votación actualizada.
• Pago de $ 20.00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito).
Nota : Para registro de doctores en Bioquímica Y Farmacia, traer una copia del Título de Bioquímico Farmacéutico registrado en el Ministerio de Salud Pública.
1.9 QUÍMICOS FARMACEUTICOS Y BIOQUÍMICOS FARMACÉUTICOS ESPECIALISTAS
• Título original.
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión).
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada.
• Cédula de identidad actualizada.
• Papeleta de votación actualizada.
• Pago de $ 40.00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito).
Nota : Para registro de Especialistas en Química y Farmacia y Bioquímica y Farmacia, traer una copia del Título de Bioquímico Farmacéutico o Doctor en Química y Farmacia o Bioquímica y Farmacia, registrado en el Ministerio de Salud Pública.
1.10 QUÍMICOS
• Título original.
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión).
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada.
• Cédula de identidad actualizada.
• Papeleta de votación actualizada.
• Pago de $ 20.00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito).
Nota : Para registro de doctores en Química, traer una copia del Título de Químico registrado en el Ministerio de Salud Pública.
1.11 QUÍMICOS ESPECIALISTAS
• Título original.
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión).
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada.
• Cédula de identidad actualizada.
• Papeleta de votación actualizada.
• Pago de $ 40.00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito)
Nota : Para registro de Especialistas en Química, traer una copia del Título de Químico o Doctor en Química, registrado en el Ministerio de Salud Pública.
1.12 MÉDICOS VETERINARIOS
• Título original
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión)
• Cédula de Identidad actualizada
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada
• Papeleta de votación actualizada
• Pago de $ 20,00 en el Banco Internacional Cta. Cte.060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito).
1.13 DOCTORES EN PSICOLOGÍA Y/O PSICÓLOGOS EN GENERAL
• Título original.
• Afiliación al colegio respectivo, certificado o carne de afiliación a la fecha.
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión)
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada
• Pago de $ 20.00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito)
• Cédula de identidad actualizada
• Papeleta de votación actualizada.
1.14 NUTRICIONISTAS
• Título original.
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión).
• Afiliación al Colegio de Nutricionistas respectivo y certificación de estar al día en pagos.
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada.
• Cédula de Identidad actualizada.
• Papeleta de votación actualizada.
• Pago de $ 20,00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito).
1.15 INGENIEROS QUÍMICOS
• Título original.
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión).
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada.
• Cédula de identidad actualizada.
• Papeleta de votación actualizada.
• Pago de $ 20.00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito).
1.16 EDUCADORES PARA LA SALUD
• Título original.
• Afiliación al Colegio respectivo.
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión).
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada.
• Cédula de identidad actualizada.
• Papeleta de votación actualizada.
• Pago de $ 20,00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito).
1.17 INGENIEROS EN ALIMENTOS
• Título original.
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión).
• Fotografía tamaño pasaporte actualizado.
• Cédula de Identidad actualizada.
• Papeleta de votación actualizada.
• Pago de $ 20,00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio De Salud Pública (copia extra del depósito).
1.18 OBSTETRICES
• Titulo original
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión)
• Certificado de la rural con visto bueno de áreas de salud (Av. República del Salvador Nº 950 y Suecia).
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada
• Cédula de Identidad actualizada
• Papeleta de votación actualizada
• Pago de $ 20,00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito).
1.19 LICENCIADAS/OS EN LAS DIVERSAS RAMAS DE LA TECNOLOGÍA MÉDICA
• Título de Licenciado original
• Copia de Título registrado en el MSP de Tecnólogo Médico (si lo tiene)
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión)
• Cédula de Identidad actualizada
• Papeleta de votación actualizada
• Foto tamaño pasaporte actualizada
• Pago de $ 20,00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito).
1.20 LICENCIADAS./OS EN TRABAJO SOCIAL
• Título original
• Cédula de Identidad actualizada.
• Papeleta de votación actualizada.
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión)
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada.
• Pago de $ 20,00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito).
1.21 LICENCIADOS/AS EN OPTOMETRIA
• Título original
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada
• Cédula de identidad actualizada.
• Papeleta de votación actualizada.
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión)
• Pago de $ 20,00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito).
1.22 OPTOMETRISTAS
• Título original.
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión)
• Fotografía tamaño pasaporte actualizado.
• Cédula de identidad actualizada
• Papeleta de votación actualizada
• Pago de $ 20,00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito)
Nota: De conformidad con la disposición emitida por la Procuraduría General del Estado según oficio 00297 del 10 de abril del 2003, no se exige como requisito pertenecer a ninguna sociedad
1.23 ENFERMERAS/OS Y LICENCIADAS/OS EN ENFERMERIA
• Titulo original
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión)
• Certificado de medicina rural con visto bueno de la Dirección de Enfermería ( Av. República del Salvador Nº 950 y Suecia)
• Comprobante de pago $ 5.25 Banco Pichincha Cta. Cte. No. 65928-4 Federación de Enfermeras
• Pago de $ 20,00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito)
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada
• Cédula de Identidad actualizada
• Papeleta de votación actualizada
1.24 ENFERMERAS ESPECIALISTAS
• Título original
• Reconocimiento de la Federación Nacional de Enfermeras
• Copia del título de Licenciada registrado en el MSP.
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión)
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada
• Cédula de identidad actualizada
• Papeleta de votación actualizada
• Pago de $ 5.25 a la Cta. Cte. 065928-4 de la Federación de Enfermeras Banco Pichincha
• Pago de $ 40,00 en el Banco Internacional Cta. Cte. 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito).
1.25 TECNÓLOGOS MÉDICOS
• Título original
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión)
• Fotografía tamaño pasaporte actualizada
• Cedula de identidad actualizada
• Papeleta de votación actualizada
• Pago de $20.00 en el Banco Internacional Cta. Cte 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito).
1.26 TÉCNICAS AUXILIARES DE ENFERMERIA
• Título original
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión)
• Cédula de identidad actualizada
• Papeleta de votación actualizada
• Foto tamaño pasaporte actualizada
• Pago de $ 10.00 en el Banco Internacional Cta. Cte 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito).
1.27 TÉCNÓLOGOS EN OPTOMETRÍA
• Título original
• Certificado del CONESUP (9 de Octubre y Carrión)
• Cédula de identidad actualizada
• Papeleta de votación actualizada
• Foto tamaño pasaporte actualizada
• Pago de $ 20.00 en el Banco Internacional Cta. Cte 060014382-7 a nombre del Ministerio de Salud Pública (copia extra del depósito).
Procedimiento Para Registro de Títulos:
Trámite personal
Donde:
Av. República del Salvador Nº 950 y Suecia
Tiempo Estimado de Entrega:
De 15 a 30 minutos de acuerdo al Título.
1.28 CERTIFICACIONES DEL REGISTRO DE TÍTULOS Descripción:
Certificaciones del registro de títulos.
Requisitos:
• Título original o copia certificada del mismo registrado en el Ministerio de Salud Pública.
• Cédula de Identidad del dueño del trámite.
• Pago $10,00 dólares en el Banco Internacional.
Procedimiento:
Retirar de la oficina de certificaciones de registros de títulos, la solicitud correspondiente, para ser llenada por el profesional de la salud, en el cual solicita su certificación respectiva de acuerdo a su título.
2. AUTENTICACIÓN DE LA FIRMA DE CERTIFICADOS MÉDICOS (Requisito para viajar el exterior)
Descripción:
Verificar que el profesional que otorga el Certificado Médico en los Centros de Salud del Ministerio de Salud Pública, este legalmente habilitado en el ejercicio profesional de la salud del Ecuador a través del reconocimiento de su firma.
Requisitos:
Para la obtención del sellado del certificado médico, se requiere:
• Trámite personal
• Cédula de ciudadanía y papeleta de votación vigentes
• Certificado médico original (Otorgado por un Centro de Salud)
• Exámenes de laboratorio originales
• Para menores de edad. La persona que realiza el trámite debe presentar el poder especial notariado otorgado por los padres.
• Pago de 10 dólares en la cuenta del MSP, luego de la revisión de documentos.
Procedimiento:
Se procede a la revisión del certificado medico, verificando que la firma del profesional de la salud, se encuentre legalmente registrado en los libros que reposan en esta Dirección, para luego enviarles a realizar el pago correspondiente en la Cta. del Ministerio de Salud Pública, en el Banco Internacional.
Descripción:
Controlar la promoción de medicamentos de uso y consumo humano a través de la asignación de cupos para la importación de muestras médicas en base al número de visitadores médicos.
Requisitos:
• Oficio del Laboratorio o Casa de Representación, dirigido a la Dirección de Control y Mejoramiento en Vigilancia Sanitaria.
• Para Visitadores Nuevos: 2 fotos tamaño carné, el registro es trámite personal.
• Para renovar el carné: 1 foto tamaño carné para Visitadores ya registrados.
• En ambos casos, depositar $ 40 dólares por carné, en la cuenta No. 060014382-7 del Banco Internacional.
Procedimiento:
• Receptar el Oficio del Laboratorio o Casa de Representación con la nómina de Visitadores a Médicos que requieren obtener el carné, consignando los
números de cédula de ciudadanía respectivos.
• Verificar si el Visitador ya está registrado en la Dirección de Control y Mejoramiento
en Vigilancia Sanitaria.
• Elaborar el carné en el formato correspondiente.
• Legalizar el carné con la firma y sello de la Dirección de Control y Mejoramiento en Vigilancia Sanitaria.
• Entregar al interesado.
4. AUTORIZACIÓN DE IMPORTACIÓN DE MEDICAMENTOS HOMEOPÁTICOS
Descripción:
Autorizar la importación, posterior desaduanización y comercialización de medicamentos homeopáticos que no disponen de Registro Sanitario, conforme lo establecido en el Reglamento para la obtención del registro y control sanitario de medicamentos homeopáticos (Registro Oficial 227 del 7 de diciembre de 2007).
Requisitos:
• Solicitud suscrita por el representante legal de la empresa importadora y dirigida a la Dirección de Control y Mejoramiento en Vigilancia Sanitaria.
• Lista de medicamentos homeopáticos a importar, debidamente firmada por el representante legal de la empresa importadora.
• Certificado de inicio de trámite de obtención del Registro Sanitario, otorgado por el
Instituto Nacional de Higiene y Medicina Tropical “Leopoldo Izquieta Pérez”
Procedimiento:
• Recepción de la Solicitud
• Verificación de la lista de medicamentos homeopáticos a ser importados con el “Certificado de Inicio de Trámite”, otorgado por el Instituto Nacional de Higiene y Medicina Tropical “Leopoldo Izquieta Pérez”.
• Elaboración de la autorización de importación y posterior desaduanización.
• Legalización de la autorización de importación con firma de la Sra. Directora General de Salud.
• Entrega al interesado.
5. CERTIFICADO DE B. P. M. PARA LABORATORIOS FARMACÉUTICOS NACIONALES.
Descripción:
Certificar que los laboratorios farmacéuticos cumplen con las normas de Buenas Prácticas de Manufactura. (R.O. 486 del 19 de julio de 1994).
Requisitos:
Solicitud debidamente suscrita por el representante legal o responsable técnico del laboratorio farmacéutico.
Procedimiento:
• Remitir una la solicitud mediante oficio a nombre de la Sra. Directora General de Salud, quien remitirá el trámite a la Dirección de Control y Mejoramiento en Vigilancia Sanitaria para ingresar la solicitud al cronograma anual de inspecciones.
• Se conforma la comisión inspectora de conformidad con el Reglamento de BPM de medicamentos.
• La Comisión realiza la inspección y elabora un informe, mismo que refleja los resultados encontrados, éste es enviado a la Dirección General de Salud.
• Si el informe es favorable (cumple disposiciones del Reglamento de Buenas Prácticas de Manufactura), la Dirección General de Salud concede el Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura.
• Si el informe es desfavorable la Dirección General de Salud envía a los interesados un
• Carta asignando plazo para salvar objeciones.
Donde:
Av. República del Salvador Nº 950 y Suecia
Costo:
Sin costo.
Tiempo Estimado de Entrega:
Depende inspección y resultados de la inspección.
Nota: Los Laboratorios que están ubicados en la ciudad de Guayaquil deben enviar la solicitud al señor Subsecretario Regional Costa Insular .
6. CERTIFICADOS DE LIBRE VENTA (CLV) DE:
Descripción:
El Certificado de Libre Venta se otorga a todos los productos que tienen Registro Sanitario. Este se otorga a: Medicamentos, Productos Naturales Procesados de Uso Medicinal, Productos Higiénicos, Dispositivos Médicos, Reactivos Bioquímicos.
Requisitos
• Solicitud suscrita por el representante legal o responsable técnico de la empresa dirigida a la Dirección de Control y Mejoramiento en Vigilancia Sanitaria.
• Copia legible del Registro Sanitario o Notificación Sanitaria
• Comprobante de $ 40,00 dólares de Depósito en la Cuenta No. 060014382-7, Banco Internacional, a nombre del Ministerio de Salud Pública.
Procedimiento
• Recepción de la solicitud
• Verificación de la vigencia del Registro Sanitario del producto para el cual solicita, mediante archivos electrónicos y documentales
• Elaboración del formato de CLV en el anverso de la copia del Registro Sanitario
• Legalización del CLV. Firma del Director (a) de Control y Mejoramiento en Vigilancia Sanitaria
• Entrega al interesado.
Donde:
Av. República del Salvador Nº 950 y Suecia
Costo:
Veinte dólares ($ 40,00) por cada certificado
Tiempo Estimado de Entrega:
Depende del número de productos solicitados, tiempo máximo 72 horas.
Descripción:
Certificar que se encuentra vigente el Registro Sanitario de: Medicamentos, Productos Naturales Procesados de Uso Medicinal, Productos Higiénicos, Dispositivos Médicos, Reactivos Bioquímicos.
Requisitos:
• Solicitud suscrita por el representante legal o responsable técnico de la empresa dirigida a la Dirección de Control y Mejoramiento en Vigilancia Sanitaria.
• Copia legible del Registro Sanitario o Notificación Sanitaria
• Comprobante de $ 20,00 dólares, depósito en la Cuenta No. 060014382-7, Banco Internacional, a nombre del Ministerio de Salud Pública.
Procedimiento:
• Recepción de la solicitud
• Verificación de la vigencia del Registro Sanitario del producto para el cual solicita, mediante archivos electrónicos y documentales
• Elaboración del certificado en el anverso de la copia del Registro Sanitario
• Legalización del certificado, Firma del Director (a) de Control y Mejoramiento en Vigilancia Sanitaria.
• Entrega al interesad.
Donde:
Av. República del Salvador Nº 950 y Suecia
Costo:
Veinte dólares ($ 20) por cada certificación.
Tiempo Estimado de Entrega:
Depende del número de productos solicitados, tiempo máximo 72 horas.
8. 1 CERTIFICADO DE B .P. M. PARA EMPRESAS NACIONALES QUE ELABORAN COSMETICOS
Descripción:
Certificar que las Empresas que elaboran productos cosméticos cumplen con las Normas de BPM (Anexo 2 de la Decisión 516).
Requisitos:
Solicitud debidamente suscrita por el representante legal o responsable técnico del laboratorio farmacéutico.
Procedimiento:
• Remitir una la solicitud mediante oficio a nombre del Director/a General de Salud, quien remitirá el trámite a la Dirección de Control y Mejoramiento en Vigilancia Sanitaria para ingresar la solicitud al cronograma anual de inspecciones.
• Se conforma la comisión inspectora de conformidad con el Reglamento de BPM
• La Comisión realiza la inspección y elabora un informe, mismo que refleja los resultados encontrados, éste es enviado a la Dirección General de Salud.
• Si el informe es favorable (cumple disposiciones del Reglamento de Buenas Prácticas de Manufactura), la Dirección General de Salud concede el Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura.
• Si el informe es desfavorable la Dirección General de Salud envía a los interesados un
• carta asignando plazo para salvar objeciones.
Donde:
Av. República del Salvador Nº 950 y Suecia
Costo:
Sin costo.
Tiempo Estimado de Entrega:
Depende inspección y resultados de la inspección.
8.2. CERTIFICADOS DE LIBRE VENTA (CLV)
Descripción:
El Certificado de Libre Venta se otorga a todos los productos cosméticos que han presentado la Notificación Sanitaria Obligatoria (Anexo 1 de la Decisión 516)
Requisitos
• Solicitud suscrita por el representante legal o responsable técnico de la empresa dirigida a la Dirección de Control y Mejoramiento en Vigilancia Sanitaria.
• Copia legible del documento de Notificación Sanitaria Obligatoria.
• Comprobante de $ 40,00 dólares de Depósito en la Cuenta No. 060014382-7, Banco Internacional, a nombre del Ministerio de Salud Pública.
Procedimiento
• Recepción de la solicitud
• Verificación de la vigencia de la N.S.O. mediante archivos electrónicos y documentales
• Elaboración del CLV de acuerdo con el formato establecido
• Legalización del CLV. Firma del Director (a) de Control y Mejoramiento en Vigilancia Sanitaria
• Entrega al interesado.
Donde:
Av. República del Salvador Nº 950 y Suecia
Costo:
Veinte dólares ($ 40,00) por cada certificado
Tiempo Estimado de Entrega:
Depende del número de productos solicitados, tiempo máximo 72 horas.
8.3 CERTIFICADO DE VIGENCIA DE LA NOTIFICACIÒN SANITARIA OBLIGATORIA
Descripción:
Certificar que se encuentra vigente la Notificación Sanitaria Obligatoria de productos Cosméticos. (Anexo 1 de la Decisión 516 de la CAN).
Requisitos:
• Solicitud suscrita por el representante legal o responsable técnico de la empresa dirigida a la Dirección de Control y Mejoramiento en Vigilancia Sanitaria.
• Copia legible de la Notificación Sanitaria Obligatoria
• Comprobante de $ 20,00 dólares, depósito en la Cuenta No. 060014382-7, Banco Internacional, a nombre del Ministerio de Salud Pública.
Procedimiento:
• Recepción de la solicitud
• Verificación de la vigencia del Registro Sanitario del producto para el cual solicita, mediante archivos electrónicos y documentales
• Elaboración del certificado en el anverso de la copia del Registro Sanitario
• Legalización del certificado, Firma del Director (a) de Control y Mejoramiento en Vigilancia Sanitaria
• Entrega al interesado.
Donde:
Av. República del Salvador Nº 950 y Suecia
Costo:
Veinte dólares ($ 20) por cada certificación.
Tiempo Estimado de Entrega:
Depende del número de productos solicitados, tiempo máximo 72 horas.
9.1 CERTIFICADO DE B.P.M A EMPRESAS NACIONALES QUE ELABORAN GASES MEDICINALES.
Descripción:
Certificar que las Empresas Nacionales que elaboran gases medicinales (OXIGENO MEDICINAL) cumplen con las Normas de BPM ( R.O 296 del 19 de Marzo del 2003).
Requisitos:
Solicitud debidamente suscrita por el representante legal o responsable técnico del laboratorio farmacéutico.
Procedimiento:
• Remitir una la solicitud mediante oficio a nombre del Director/a General de Salud, quien remitirá el trámite a la Dirección de Control y Mejoramiento en Vigilancia Sanitaria para ingresar la solicitud al cronograma anual de inspecciones.
• Se conforma la comisión inspectora de conformidad con el Reglamento de BPM
• La Comisión realiza la inspección y elabora un informe, mismo que refleja los resultados encontrados, éste es enviado a la Dirección General de Salud.
• Si el informe es favorable (cumple disposiciones del Reglamento de Buenas Prácticas de Manufactura), la Dirección General de Salud concede el Certificado de Buenas Prácticas de Manufactura.
• Si el informe es desfavorable la Dirección General de Salud envía a los interesados una carta asignando plazo para salvar objeciones.
Donde:
Av. República del Salvador Nº 950 y Suecia
Costo:
Sin costo.
Tiempo Estimado de Entrega:
Depende inspección y resultados de la inspección.